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01 - Artículo 44

¿Qué pasará con
tu cotización para
tu salud? ¿Se acabarán las Isapres?

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Artículo 44

 

«El Sistema Nacional de Salud será de carácter universal, público e integrado…es financiado a través de las rentas generales de la nación» 

 

«Adicionalmente, la ley podrá establecer el cobro obligatorio de cotizaciones … con el solo objeto de aportar solidariamente al financiamiento de este sistema»  

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¿Qué dice la propuesta
de nueva Constitución?

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¿Qué significa?

Nuestras cotizaciones obligatorias solo podrán financiar al Sistema Nacional de Salud.  

     Se prohíbe que financiemos con ellas seguros de salud propios, el que cada uno estime el mejor para él, ella o su familia

¿Cuáles son las implicancias?

Los seguros privados de salud o Isapres ya no podrán ser financiados con las cotizaciones obligatorias que nos impone el Estado.

     Las cotizaciones serán simplemente un nuevo impuesto. La salud privada será solo para unos pocos y habrá más segregación.

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Contratar un seguro privado o Isapre ahora costará el doble o triple.  

     Además, las personas que estaban en una Isapre no podrán seguir pagándola con las cotizaciones obligatorias, ya que esas cotizaciones solo podrán financiar el sistema público.  

     Esto hará que millones de personas tengan que irse al sistema público, lo que saturará aún más las listas de espera.  

Ejemplo

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