03 - Artículo 28, transitorio
Sin «iniciativa exclusiva» del Presidente, ¿habrá más populismo y conflicto político?
¿Qué dice la propuesta de nueva Constitución?
Artículo 266
«Son leyes de concurrencia presidencial necesaria:
a) Las que irroguen directamente gastos al Estado
b) Las leyes relacionadas con la administración presupuestaria del Estado, incluyendo las modificaciones de la Ley de Presupuestos.
Artículo 267
«Las leyes de concurrencia presidencial necesaria pueden tener su origen en un mensaje o en una moción»
¿Qué significa?
Se elimina la iniciativa exclusiva presidencial en leyes que implican gasto para el Estado, es decir, para los chilenos: quienes pagamos impuestos para el Estado.
¿Cuáles son las implicancias?
El Congreso podrá avanzar con leyes que implican grandes gastos para el país. Si bien el Presidente deberá apoyarlas (concurrencia), le será difícil hacerlo frente a ideas malas pero populares.
Esto llevará a conflictos constantes si el Presidente se niega a apoyar proyectos malos. Será una constante fuente de populismo y demagogia de parte del Congreso. Otro germen de inestabilidad política para el país.
Ejemplo
Ya sabemos que las promesas políticas nunca son tan reales. La Cámara podría impulsar un gran proyecto que parece ser bueno —como el Transantiago—, pero es malo y caro. Un proyecto popular pero malo.
Los diputados lo presentarán para obtener cámaras de televisión y popularidad.
Si el Presidente se opone, habrá conflicto político y cámaras de televisión para el Congreso.
Si el presidente apoya este tipo de proyectos, habrá irresponsabilidad política y fiscal, ya que aumentará constantemente el gasto. El país aumentará su deuda y seguirán subiendo las tasas de interés.